Un ejemplo de esto se puede ver en un video (filmado con un teléfono inteligente y ampliamente compartido en las redes sociales) de un incendio que comenzó en una tienda minorista. Antes de retirarse, un ocupante en el interior del edificio filmó el video, que muestra cómo los rociadores funcionan y controlan el fuego. Se compartió en múltiples plataformas de redes sociales y siempre que lo vi noté los mismos tipos de comentarios por parte de miembros del público que quizás no están familiarizados con el funcionamiento de los sistemas de protección contra incendios y seguridad humana. El comentario que más vi fue: "¿Por qué no suena la alarma contra incendios si hay un incendio?"
La respuesta es que el NFPA 72 permite un retraso de hasta 100 segundos entre el inicio del flujo de agua del rociador y la notificación a los ocupantes. Es probable que la alarma contra incendios haya notificado a los ocupantes en ese video, solo que la notificación debe haberse producido después de un retraso de no más de 100 segundos. Es probable que el video se haya filmado antes de que terminara ese retraso.
El margen de tolerancia para un retraso de 100 segundos antes de que se activen los dispositivos de notificación de alarma se desglosan en dos requisitos. El primer requisito está relacionado con el dispositivo de inicio del flujo de agua y se encuentra en la sección 17.13 del NFPA 72. En la subsección 17.13.2 se exige que este dispositivo se active dentro de los 90 segundos posteriores a que ocurra un flujo que sea igual o mayor que el flujo de un solo rociador del tamaño del orificio más pequeño. Estos 90 segundos de retraso existen para reducir la cantidad de falsas alarmas, causadas por el flujo de agua que puede darse por aumentos repentinos de presión en el sistema de suministro de agua. La demora brinda una seguridad adicional de que el flujo de agua en la tubería del rociador es, de hecho, un flujo sostenido desde un rociador y no solo el resultado de un cambio de presión. Este retraso se puede crear dentro del mismo interruptor de flujo, o a través de un dispositivo de retardo, como por ejemplo una cámara de retardo cuando se usa un interruptor de presión.
La segunda parte de este retraso se encuentra en la subsección 10.11.1. Esta sección requiere que la activación de los dispositivos de notificación de alarma en las instalaciones protegidas ocurra dentro de los 10 segundos posteriores a la activación del dispositivo de inicio. Este requisito existe para garantizar que el funcionamiento de los dispositivos de notificación se produzca en el momento oportuno luego de que se haya detectado un incendio. Entre esos dos requisitos en las subsecciones 17.13.2 y 10.11.1, el NFPA 72 permite un retraso de hasta 100 segundos entre el flujo de agua inicial de un rociador y la activación de los dispositivos de notificación dentro del edificio.
Además de este margen de tolerancia destinado a reducir la cantidad de falsas alarmas, existen tolerancias para retrasar la activación de los aparatos de notificación para otros dispositivos de inicio con el uso de una función de preseñal o secuencia de alarma positiva, aunque ambos casos requieren un plan de respuesta detallado y la aprobación de la autoridad competente de esa jurisdicción.
La próxima vez que alguien le pregunte sobre la sincronización del flujo de agua de los rociadores y la notificación de las alarmas contra incendios, recuerde que el NFPA 72 permite una demora en la activación de dichos dispositivos de notificación. Esta sincronización está diseñada en la operación de los sistemas y existe para garantizar que funcionen de la manera más eficaz posible.
Shawn Mahoney, ingeniero de proyectos, es ingeniero de Servicios Técnicos en la NFPA.