Con frecuencia me encuentro con contratistas, ingenieros, y autoridades competentes que hacen referencia a un único capítulo de NFPA 72®, Código Nacional de Alarmas de Incendio y Señalización, para definir los requisitos para la instalación de un sistema de alarma de incendio. Esto parece ocurrir con frecuencia, incluso a pesar de que el código exija que se deben aplicar todos los capítulos juntos para determinar todos los requisitos aplicables del código para la instalación de un sistema de comunicaciones de emergencia o de alarma de incendio que cumpla con el código.

El Capítulo 1, sección 1.1.2 establece que “las previsiones de este capítulo son aplicables a todo el Código a menos que se haga expresa mención”. La Sección 1.3.5 establece además que “deberán aplicarse los requisitos de los Capítulos 7, 10, 12, 14, 17, 18, 21, 23, 24, 26, y 27 a menos que fuera de otra mane ra especificado en un capítulo específico”. La única excepción es el Capítulo 29,Alarmas de estación única y múltiple y sistemas domésticos de alarmas de incendio, que según lo establecido por el código “está diseñado para ser independiente a menos que se haga referencia específica a un capítulo anterior”.

He observado con anterioridad que NFPA 72 no exige en realidad la instalación de un sistema de alarma de incendio en cualquier ocupación. No obstante, una vez que el código de construcción o cualquier otro requisito de una autoridad competente – incluso NFPA 101®, Código de Seguridad Humana – exija la instalación de un sistema de alarma de incendio entonces esa instalación del sistema debe cumplir con los requisitos de NFPA 72. Los profesionales en diseño e instalación de los sistemas de alarma de incendio deben siempre hacer primero referencia al capítulo sobre Fundamentos del código, incluso la sección 10.1.1 que establece que “Las funciones básicas de un sistema completo de alarmas de incendio o de señalización deben cumplir con los requisitos de este capítulo”.

Algunas de las confusiones más comunes de los profesionales de diseño e instalación están relacionadas con la información del Capítulo 12. Este capítulo detalla diferentes características de desempeño y supervivencia de las vías de señalización y no requiere del uso de ninguna clase en particular de vía de señalización para un sistema de alarma de incendio. Por lo general, los planos del diseño especificarán la clase de circuito requerido. Excepto en las jurisdicciones locales que utilizan su propia ordenanza local para exigir una clase de circuito determinada, el diseñadortiene la total responsabilidad de determinar qué clase de circuito cumple con los objetivos de desempeño del propietario, según lo determinado por el tipo de ocupación.

Otra confusión en el Capítulo 12 es que el código exige la supervivencia de las vías. A pesar de que este capítulo describe cuatro niveles de supervivencia de los circuitos, el capítulo no exige de hecho ninguno de estos niveles. Ya sea un requisito del código de construcción o un requisito en otra parte de NFPA 72 genera el requisito de supervivencia.

Por ejemplo, la sección 24.4.8.6.1 establece que cuando un sistema de alarma de incendio inicia una evacuación y reubicación parcial, el diseño e instalación de los circuitos que interconectan los altoparlantes (es decir, el circuito del montante del altoparlante) en el edificio deben impedir que un ataque de un incendio dentro de una zona de señalización afecte la operación o control de los aparatos de notificación fuera de la zona de señalización. Además, la sección 24.4.8.6 establece que cuando un circuito de un equipo de control de un sistema de comunicaciones de emergencia de incendio por voz/alarma en edificios – componentes que dependen del equipo de control ubicado en otra parte del edificio – ingresa no obstante en otras partes del edificio, los circuitos entre los controles dependientes “deberán estar protegidos contra el ataque de un incendio mediante la protección provista mediante un Nivel 2 o Nivel 3 de supervivencia de las vías”.

Como podrá ver, el requisito para utilizar una integridad del circuito de dos horas, u otras soluciones con certificación de dos horas, no proviene del Capítulo 12 sino del Capítulo 24.

El punto aquí es que los profesionales de diseño e instalación deben leer con atención la totalidad del documento de NFPA 72 para comprender el conjunto completo de requisitos para una instalación de un sistema de alarma de incendio que cumpla con el código.

Wayne D. Moore es vicepresidente de Jensen Hughes. Los miembros de NFPA y autoridades competentes pueden usar la pestaña Preguntas técnicas para enviar consultas sobre NFPA 72 en nfpa.org/72.